AUTORES
- Eva María Cabeza Delicado. Administrativo. H.U.S.J Huesca.
- María Victoria Martínez Sánchez. Administrativo. H.N.S.G Zaragoza.
- Mario Salazar García. Auxiliar administrativo. H.N.S.G Zaragoza.
- Natalia Gimeno Sanjuán. Administrativo. H.N.S.G Zaragoza.
- Ana Cristina Guillén Poyato. Administrativo.
- Daniel Calvo Cozcolluela. Celador H.N.S.G Zaragoza.
RESUMEN
La Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, estableciendo que son los poderes públicos quienes tienen que organizar y tutelar la salud pública con medidas preventivas, prestaciones y servicios necesarios, los cuales vamos a encontrar detallados en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Dado que es un tema un tanto extenso vamos a ver de manera resumida en qué consisten dichas prestaciones.
PALABRAS CLAVE
Protección salud, cartera servicios, prestaciones.
ABSTRACT
The Spanish Constitution recognizes the right to health protection, establishing that it is the public authorities who have to organize and protect public health with preventive measures, benefits and necessary services, which we will find detailed in the portfolio of common services of the National Health System. Since it is a somewhat extensive topic, we will see in a summarized way what these benefits consist of.
KEY WORDS
Health protection, portfolio services, benefits.
DESARROLLO DEL TEMA
Seguramente muchos usuarios del sistema nacional de salud se han preguntado que es la cartera de servicios comunes del Servicio Nacional de Salud1.
Podríamos definirla como:
El conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, entendiendo por tales cada uno de los métodos, actividades y recursos basados en el conocimiento y experimentación científica, mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias.
Se estructura en las siguientes modalidades:
- La cartera común básica de servicios asistenciales del SNS: las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación realizadas en centros sanitarios o sociosanitarios, incluyendo el transporte urgente. Garantizando la máxima calidad y seguridad.
- La cartera común suplementaria del SNS: aquellas prestaciones que se realizan de manera ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario: prestación farmacéutica, prestación ortoprotésica, prestación con productos dietéticos y el transporte sanitario no urgente, sujeto a prescripción facultativa.
- Cartera común de servicios accesorios del SNS: aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, consideradas no esenciales pero que son de apoyo para la mejora de sus patologías.
También cabe recordar que las comunidades autónomas y las mutualidades de funcionarios, en el ámbito de sus competencias, podrán aprobar sus respectivas Carteras de servicios incluyendo como mínimo la Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, la cual debe garantizarse a todos los usuarios del sistema2.
Poniendo en conocimiento del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, los servicios complementarios no contemplados que hubieran sido incorporados a la Cartera de servicios específicos de la comunidad autónoma, que deberán recogerse en el sistema de información.
La Cartera de servicios comunes se llevará a cabo en centros, establecimientos y servicios del Sistema Nacional de Salud, propios o concertados, excepto en casos de urgente e inmediata necesidad si se han sido atendidos fuera del Sistema Nacional de Salud, siempre que esté motivado se reembolsarán los gastos de la misma.
Al igual que los servicios de salud reclamará el importe de los servicios a los usuarios sin derecho a la asistencia de los servicios de salud, a través del pago a terceros.
CONTENIDO DE LA CARTERA DE SERVICIOS3:
- Prestaciones de salud pública.
La Cartera de servicios de salud pública tiene una doble distribución:
a) Orientada al diseño e implantación de políticas de salud.
b) Orientada directamente al ciudadano, que a su vez comprende:
b.1. Programas intersectoriales.
b.2. Programas transversales.
- Atención primaria.
La atención primaria es el nivel básico de atención, que garantiza la globalidad y continuidad a lo largo de toda la vida del paciente. Incluyendo actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social.
- Atención especializada.
La atención especializada comprende las actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación y cuidados, así como aquellas de promoción de la salud, educación sanitaria y prevención de la enfermedad, una vez superadas las posibilidades de la atención primaria y hasta que aquél pueda volver a la primaria. La atención especializada se presta, siempre que las condiciones del paciente lo permitan, en consultas externas y en hospital de día.
- Atención de urgencia.
La atención de urgencia es la que se presta al paciente en los casos en que urge de una atención sanitaria inmediata. Realizándose en centros sanitarios o en el domicilio del paciente y la atención in situ, durante las 24 horas del día, mediante la atención médica y de enfermería.
- Prestación farmacéutica.
La prestación farmacéutica comprende los medicamentos y productos sanitarios, en las dosis precisas según sus necesidades individuales, durante el período de tiempo adecuado y de manera eficiente para la sociedad y usuarios.
- Prestación ortoprotésica (implantes quirúrgicos, prótesis externas, ortesis, sillas de ruedas y ortoprótesis especiales).
- Prestación de productos dietéticos (dietoterápicos complejos y nutrición enteral domiciliaria)
- Prestación de transporte sanitario.
El transporte sanitario deberá ser accesible a las personas con discapacidad, cuya situación les impida desplazarse en los medios ordinarios de transporte.
- Servicios de información y documentación sanitaria:
El usuario dispondrá de la información y tramitación de la documentación necesaria para la continuidad de la atención sanitaria.
Expedición de partes de baja, confirmación y alta.
Certificados médicos, defunción y los que tenga que presentar en registro civil.
- Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales:
Estarán cubiertas las prestaciones que estén incluidas en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud o, en su caso, en la complementaria de la Comunidad Autónoma competente, teniendo la misma cobertura que la derivada de contingencias comunes.
CONCLUSIÓN
El sistema sanitario español consta de una buena cartera de servicios sanitarios pese a tener un nivel de inversión relativamente bajo. En momentos cruciales como el vivido en pandemia es cuando ha demostrado su fortaleza ante la crisis sanitaria, pero también ha expuesto las dificultades en ciertas situaciones, entre ellos coordinación y respuesta rápida a la gran demanda por parte de los usuarios de salud.
Para la actualización de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud recogida en el R.D 1030/2006, se tendrá en cuenta la seguridad, eficacia, eficiencia, efectividad y utilidad terapéuticas de las técnicas, tecnologías y procedimientos, el cuidado de grupos menos protegidos o de riesgo y las necesidades sociales incluyendo su impacto económico y organizativo.
BIBLIOGRAFÍA
- Ministerio de Sanidad y Consumo «BOE» núm. M, De de 16 de S. Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización [Internet]. Boe.es. [citado el 8 de octubre de 2023]. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-2006-16212-consolidado.pdf
- Legislación sanitaria española y cartera de servicios del sistema nacional de salud [Internet]. Salusplay.com. [citado el 12 de octubre de 2023]. Disponible en: https://www.salusplay.com/apuntes/apuntes-gestion-y-liderazgo-en-cuidados-de-enfermeria/tema-2-legislacion-sanitaria-espanola-y-cartera-de-servicios-del-sistema-nacional-de-salud/15
- Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social – Profesionales – Contenido de la Cartera de Servicios [Internet]. Gob.es. [citado el 8 de octubre de 2023]. Disponible en: https://www.sanidad.gob.es/profesionales/prestacionesSanitarias/CarteraDeServicios/ContenidoCS/Home.htm