Fortaleciendo la respuesta ante la violencia sexual: el impacto del trabajo social en el marco del protocolo común del sistema nacional de salud para la actuación sanitaria ante la violencia sexual

12 septiembre 2024

AUTORES

  1. María Cruz Camacho Pescador, Trabajadora social. Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa (Zaragoza).
  2. Olga Tolosa González, Trabajadora social. Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza)
  3. Lorena Rudilla Pinzón, Trabajadora social. Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza).
  4. María Ángeles Gómez Auría, Trabajadora Social, TEL y TCAE, Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza).
  5. Carmen Ramos Margalejo, graduada en Enfermería, Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza).
  6. Pilar Ramos Margalejo, graduada en Enfermería, Hospital Universitario Miguel Servet. (Zaragoza).

 

RESUMEN

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia sexual como cualquier acto sexual no consensuado o forzado, incluidas insinuaciones o actos sexuales realizados bajo coacción, y recalca la importancia del consentimiento. La violencia sexual tiene graves consecuencias en la salud física, emocional y social de las víctimas, generando una ruptura biográfica que limita su integración social.

En España, el Sistema Nacional de Salud (SNS) cuenta con un Protocolo Común para la atención sanitaria en casos de violencia sexual, actualizado en 2023. Este protocolo busca garantizar una respuesta uniforme, efectiva y centrada en los derechos humanos, mediante la colaboración interinstitucional entre salud, justicia y servicios sociales. Se destaca el papel del Trabajo Social en la atención integral, detección temprana, intervención y apoyo a las víctimas, especialmente en situaciones de vulnerabilidad.

PALABRAS CLAVE

Violencia sexual, Trabajo Social, salud, violencia de género.

ABSTRACT

The World Health Organization (WHO) defines sexual violence as any non-consensual or forced sexual act, including insinuations or sexual acts carried out under coercion, emphasizing the importance of consent. Sexual violence has severe consequences on the physical, emotional, and social health of victims, creating a biographical rupture that limits their social integration.

In Spain, the National Health System (SNS) has a Common Protocol for healthcare in cases of sexual violence, updated in 2023. This protocol aims to ensure a uniform, effective, and human rights-centered response through inter-institutional collaboration between health, justice, and social services. The role of Social Work is highlighted in providing comprehensive care, early detection, intervention, and support to victims, especially in vulnerable situations.

KEY WORDS

Sex offenses, Social Work, health, gender-based violence.

INTRODUCCIÓN

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia sexual como “todo acto sexual, tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de la relación de ésta con la víctima, en cualquier ámbito, incluidos el hogar y el lugar de trabajo”. En 2013 se añade que “puede haber violencia sexual si la persona no está en condiciones de dar su consentimiento, como cuando está bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, dormida o mentalmente incapacitada” (OMS, 2011)1.

La violencia sexual es, en cualquiera de sus manifestaciones, una de las violaciones de derechos humanos más frecuentes y ocultas de cuantas se cometen, como consecuencias drásticas en el bienestar físico y emocional y en salud de las víctimas y supervivientes, generando, en la mayoría de ocasiones, una ruptura biográfica que dificulta su participación social. Se trata entonces, de una cuestión social y estructural íntimamente relacionada con una determinada cultura sexual, que ha de ser transformada y que afecta específicamente a las mujeres y a las niñas, pero también a los niños.

Las definiciones de la violencia sexual destacan la naturaleza coercitiva de estos actos, haciendo especial hincapié en el consentimiento (la falta de este) y en la explotación de poder. Este enfoque conceptual es la base sobre la que se estructura el Protocolo Común del Sistema Nacional de Salud (SNS) para la actuación sanitaria ante la violencia sexual.

El protocolo establece un marco de actuación común para el personal sanitario, asegurando que la respuesta ante casos de violencia sexual sea efectiva y uniforme en todo el territorio español. También se basa en la comprensión de la violencia sexual como un problema de salud pública que precisa de intervención especializada, y está en sintonía con las definiciones que revelan la gravedad y las consecuencias de estos actos.

El primer Protocolo Común de actuación sanitaria contra la violencia de género se realizó en el año 2007, con el objetivo principal de establecer una pauta de actuación homogénea para el Sistema Nacional de Salud (SNS), tanto para la detección precoz como la valoración, actuación y seguimiento de los casos detectados.

Posteriormente, en el año 2012, el protocolo se actualizó con la especificación de contextos de mayor vulnerabilidad y desde entonces se ha desarrollado e implantado desde la Comisión Contra la Violencia de Género (COVIGE) del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), una metodología de trabajo compartido y colaborativo entre los diferentes agentes de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas apoyados por el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), mediante la Escuela Nacional de Sanidad y la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (DGVG) y también del Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad.

El trabajo en red y colaborativo ha facilitado la incorporación de la experiencia fraguada en las Comunidades Autónomas y la nueva evidencia producida a nivel internacional, promoviendo así el intercambio de conocimiento y buena praxis para continuar elaborando nuevos protocolos comunes del SNS, como es el caso de la Mutilación Genital Femenina (MGF) o la Guía de pautas básicas comunes del SNS ante casos de agresión a mujeres por objeto punzante («pinchazo») en contexto de ocio (2022), o la Guía de pautas comunes para la actuación sanitaria ante Violencia Sexual, editada en 2023.

En los últimos 15 años, estos documentos (protocolos y guías) han sido fuente de referencia y consulta y también herramientas comunes para las y los profesionales de los servicios sanitarios, bien para su formación o para su práctica profesional, lo que ha dado lugar a pautas de actuación uniformes para la atención y seguimiento y también para la prevención, el diagnóstico temprano y la intervención en el ámbito de la violencia de género en sus diversas expresiones y manifestaciones.

El Protocolo sobre el que se va a realizar una revisión se articula en diez puntos clave, que son los siguientes:

  1. Presentación: se trata del preámbulo del Protocolo en el que se destaca el objetivo específico del mismo: “establecer criterios comunes de actuación profesional, normalizada y homogénea, para el conjunto del Sistema Nacional de Salud (SNS), respecto a la detección, valoración e intervención en casos de violencia sexual (pasada o reciente) en mujeres adultas, niñas, niños y/o adolescentes, incluyendo los casos de hijas e hijos de mujeres que sufren o han sufrido violencia en el ámbito de la pareja o expareja” (Ministerio de Sanidad, 2023)2.
  2. Objetivos, metodología y principios rectores: donde se describe el alcance del Protocolo, siendo la Atención Primaria el escenario más próximo y que permita la atención continuada a la posible víctima y la Atención Hospitalaria, donde los profesionales se mantendrán en actitud activa y alerta (principalmente en los servicios de Urgencias, Obstetricia y Ginecología, Pediatría y Salud mental, los más destacados).

 

En la misma línea, se pueden destacar varios principios rectores, como es el enfoque de derechos humanos (sexuales y reproductivos), el enfoque de género, el enfoque de derechos de la infancia o la interseccionalidad, entendida como la transversalidad de las políticas públicas en la intervención en salud de las posibles víctimas de violencia sexual.

  1. Introducción/contextualización: en este punto se realizan diferentes definiciones sobre la violencia sexual y su evolución a lo largo de la historia. También se presenta el marco normativo tanto internacional como estatal, destacando la Convención sobre Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), Nueva York 18 de diciembre de 1979 y que entró en vigor en España en 1984, el día 4 de febrero. Esta convención constituyó el primer tratado a nivel internacional que imponía a los Estados la obligación de actuar con la debida diligencia contra todas las formas de violencia sobre la mujer, destacando, la violencia sexual y exigiendo la adopción de medidas adecuadas legislativa o de cualquier otro carácter, así como sanciones que prohíban toda forma de discriminación contra la mujer, y todo esto, desde una perspectiva basada en la “triple P”: prevención de la violencia, en la protección de la víctima y persecución del delito.
  2. Contextos de especial vulnerabilidad: aquí se exponen los diferentes ejes de desigualdad que pueden generar condiciones de vulnerabilidad por sí mismos o bien pueden interactuar con otros, provocando así especial riesgo. Son condiciones/situaciones/características como: el embarazo, la discapacidad, la ruralidad, el origen étnico y cultural, la migración, el consumo de drogas, la trata de personas, el sinhogarismo o el edadismo (principalmente mujeres mayores).
  3. Actuación sanitaria con mujeres: en este apartado se describe la detección temprana en el ámbito de la violencia de género y que desde el año 2021 cuenta con un instrumento común para el SNS. Además, distingue la detección de situaciones de violencia sexual para mujeres que han sufrido violencia sexual recientemente de otras que la han sufrido en el pasado. Finalmente cita recomendaciones para la atención psicológica y destaca la importancia de la continuidad asistencial.
  4. Examen forense y coordinación con Justicia: donde se destaca que, además de la intervención de profesionales del SNS, resulta fundamental la actuación de profesionales de la medicina forense así como de personal especializado en peritaje y recogida de muestras biológicas y evidencias, para su posterior análisis y comprobación de los hechos.
  5. Violencia sexual en hombres: situación que está cargada de mitos lo que generan complicaciones en la identificación, el acceso a las víctimas y el propio proceso de reparación.
  6. Atención sanitaria a la infancia y adolescencia: se define la violencia sexual en menores de edad; y, como en el caso de las mujeres, también se especifica la atención en situaciones de violencia sexual pasada en infancia y adolescencia. Además, expone las consecuencias, las pautas generales de actuación, así como los indicadores de violencia sexual infantil.
  7. Prevención: como aspecto clave a desarrollar e implementar desde las políticas públicas y de manera específica en las instituciones públicas sanitarias, con el objetivo de promover medidas de prevención y sensibilización de las violencias sexuales sobre las personas (usuarias) de los recursos sanitarios y sociales, especialmente.
  8. Aspectos éticos y legales: en este último punto se abordan los principios éticos ante los casos de violencia sexual y en el que se exponen dilemas éticos para las y los profesionales que se enfrentan a estas situaciones.

 

Finalmente, con este artículo se pretende realizar una revisión, desde el ámbito del Trabajo Social, ya que representa un papel crucial en la detección, valoración e intervención en la dimensión social de las víctimas, ayudándolas a acceder a los recursos, a prestarles apoyo emocional y a reconstruir su vida tras la situación vivida.

MATERIAL Y MÉTODO

El estudio está basado en una revisión del Protocolo Común del Sistema Nacional de Salud para la actuación sanitaria ante la violencia sexual, actualizado en el año 2023.

Se ha consultado en otras fuentes, como libros, revistas científicas y webgrafía, entre otras, para resaltar la figura del/la profesional de Trabajo Social.

RESULTADOS

El Trabajo Social es fundamental para la implementación del Protocolo Común del Sistema Nacional de Salud para la actuación ante la violencia sexual. Ya que se trata de un protocolo transversal y centrado en la persona y, además, basado en los derechos humanos, lo que da lugar a una atención integral a las víctimas, garantizándoles una atención adecuada y respetuosa, promoviendo su recuperación y reintegración social. Es aquí donde la figura de la y el profesional de Trabajo Social actúa, proporcionándole a la víctima apoyo directo, defendiendo sus derechos fundamentales y coordinándose con profesionales, recursos e instituciones involucradas en la atención.

Este protocolo, desde la perspectiva del Trabajo Social, puede articularse en los siguientes 8 aspectos:

 

Enfoque integral, biopsicosocial y comunitario:

El protocolo pretende la promoción de la atención integral a las víctimas de violencia sexual, abarcando tanto la salud física, como psicológica, además del bienestar relacional o social y, de manera transversal, el género como determinante. La atención ha de ir más allá de la esfera biomédica, teniendo en cuenta otras esferas de la salud, incluyendo roles, condicionantes sociales y de género que pudieran existir.

El Trabajo Social representa un papel fundamental en la detección, valoración, evaluación e intervención en la esfera social de las víctimas, proporcionándoles recursos, apoyo emocional y herramientas para poder reconstruir su vida tras el trauma.

Los profesionales del Trabajo Social son expertos en vincular a las víctimas con los recursos y los servicios sociales, como son la asistencia económica, empleo, educación y vivienda, entre otros. Este apoyo es fundamental para poder ofrecer estabilidad y autonomía a las víctimas, proporcionándoles sostén para superar las barreras que la situación de violencia sexual ha impuesto en sus vidas.

 

Intervención en situaciones de vulnerabilidad:

Las víctimas de violencia sexual, en muchas ocasiones, se encuentran en situación de alta vulnerabilidad, ya no por la situación vivida (trauma) sino también por factores adicionales como mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas que viven en el mundo rural, personas migrantes, personas sin hogar, mujeres mayores, personas LGTBI (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales), entre otros. Es la figura de la trabajadora social la que interviene para intentar mitigar estos factores, facilitándoles el acceso a los servicios sociales, sanitarios, educativos y legales.

El Trabajo Social trata de evaluar las circunstancias individuales de cada víctima identificando los riesgos adicionales a cada situación/persona, como por ejemplo situación de pobreza o escaso apoyo familiar, lo que daría lugar a un agravamiento de la situación.

 

Atención a la interseccionalidad:

En este protocolo se observa la importancia de la interseccionalidad, o lo que es lo mismo, los diferentes factores como el género, la edad, la etnia, la situación socioeconómica, la situación educativa interactúan para incrementar la vulnerabilidad a la violencia sexual. La disciplina de Trabajo Social se dota de este enfoque para comprender mejor la situación exclusiva de cada persona (víctima) para ofrecer una respuesta personalizada y efectiva.

 

Coordinación interinstitucional:

Las y los profesionales de Trabajo Social son, en la mayoría de las situaciones, los responsables de facilitar la comunicación entre instituciones y recursos. El protocolo enfatiza la necesidad de coordinación efectiva entre las diferentes esferas como la sanitaria, la de justicia y la de servicios sociales. Cuyo objetivo es que la víctima reciba una atención coherente, continuada y de calidad a lo largo de todo el proceso de intervención

 

Prevención y sensibilización:

Las trabajadoras sociales son fundamentales en el diseño e implementación de programas preventivos que aborden las causas estructurales de la violencia sexual, como es el machismo, la desigualdad de género y la falta de educación sexual.

Además, esta figura profesional participa activamente en la educación comunitaria, es decir, en la sensibilización de la comunidad, organizando talleres, charlas y campañas que pretenden modificar actitudes y comportamientos que perpetúan la violencia sexual.

 

Apoyo psicosocial y acompañamiento:

Las y los profesionales de Trabajo Social brindan apoyo psicosocial y emocional y acompañamiento a las víctimas durante todo el proceso. La intervención psicosocial pretende ofrecer apoyo psicosocial continuado a las víctimas, ayudándolas a identificar el trauma y a reconstruir su autoestima y autoconfianza.

Un aspecto muy importante es el acompañamiento en el proceso judicial, pues muchas de las víctimas se enfrentan a procesos judiciales donde pueden ser retraumatizantes y revictimizadas. Las trabajadoras sociales ofrecen acompañamiento y proporcionan apoyo emocional con el objetivo de que las víctimas comprendan y participen de manera activa en cada etapa.

 

Defensa de derechos:

Desde la disciplina de Trabajo social, los profesionales de la misma se encargan de garantizar que los derechos de las personas (víctimas) se respeten durante todo el proceso. Estos derechos son, entre otros: derecho a la información, a recibir un trato digno, a la autonomía y autodeterminación, a la confidencialidad y a la dignidad.

 

Atención a menores víctimas de violencia sexual:

La intervención con niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual es extremadamente delicada y requiere de un enfoque especializado y minucioso que tenga en cuenta el desarrollo emocional y psicológico de estas en cada momento. Las y los profesionales del Trabajo Social trabajan con otras/os profesionales (educadoras/es, psicólogas/os) con el objetivo de ofrecer una atención integral donde se proteja y empodere a las/os menores, asegurándoles su bienestar emocional, social y psicológico.

El concepto de Trabajo Social se menciona específicamente 13 veces en el Protocolo. Resulta interesante destacar algunos de los aspectos sobre esta figura profesional, que son los citados a continuación:

El Protocolo contempla un modelo de atención integral a las víctimas de violencia sexual, lo que da lugar a la implicación de diferentes perfiles profesionales y este es el perfil del Trabajo Social, en sintonía con otros muchos perfiles como son: Medicina, Enfermería, Psicología, Pediatría, Matronas, Ginecología y obstetricia, entre otros.

En la detección de situaciones de violencia sexual, la figura del profesional de Trabajo Social resulta especialmente relevante, bien por su inclusión en los equipos multidisciplinares de Atención Primaria y de Atención Hospitalaria, así como por el grado de proximidad y cercanía en la relación que establecen con las personas usuarias.

En el contexto de situaciones de violencia sexual, la víctima puede ser valorada en profundidad por el/la trabajador/a social, como profesional que va a realizar el seguimiento y acompañamiento psicológico y social, principalmente en el escenario de la atención primaria.

En esta misma línea, la continuidad en el proceso asistencial, el/la trabajador/a social va a coordinarse con otros recursos del ámbito sanitario, desde enfermería y ginecología a servicios de urgencia hospitalaria.

Además, este perfil profesional (Trabajador/a social) se coordinará con otros recursos y profesionales del ámbito comunitario. Este también derivará a los recursos especializados, con el objetivo principal de que exista una coordinación (con profesionales y recursos) y seguimiento (de la situación/persona víctima de violencia sexual) realmente efectivos.

Finalmente, el compromiso de confidencialidad resulta profundamente destacable, ya que, tal y como recoge el Código Deontológico de Trabajo Social en el Capítulo IV Confidencialidad y secreto profesional, “La confidencialidad constituye una obligación en la actuación del/la trabajador/a social y un derecho de la persona usuaria, y abarca a todas las informaciones que el/la profesional reciba en su intervención social por cualquier medio”3.

 

CONCLUSIONES

La implementación de este Protocolo Común en el SNS ha sido clave para homogeneizar la atención a víctimas de violencia sexual. La violencia sexual es un problema estructural que requiere intervenciones integrales y especializadas, y el enfoque de derechos humanos y la interseccionalidad son fundamentales para atender a cada víctima de manera individualizada, exclusiva y adecuada.

El Trabajo Social representa un protagonismo especial al garantizar el acceso a los recursos, apoyar emocionalmente a las víctimas, así como facilitarles su reintegración en la esfera social. La coordinación entre diferentes ámbitos e instituciones es esencial para ofrecer una respuesta coherente y continuada, centrada en el bienestar de las víctimas.

 

BIBLIOGRAFÍA

  1. Sexual V. Comprender y abordar la violencia contra las mujeres [Internet]. Who.int. [citado el 1 de septiembre de 2024]. Disponible en: https://iris.who.int/bitstream/handle/10665/98821/WHO_RHR_12.37_spa.pdf;sequence=1
  2. Lozano Vicente A. Bioética infantil: principios, cuestiones y problemas. Acta Bioeth [Internet]. 2017;23(1):151–60. Disponible en: https://www.sanidad.gob.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/pdf/equidad/Protocolo_VSexual_12en2024.pdf
  3. Páginas – Portal del [Internet]. Consejo General del Trabajo Social. [citado el 1 de septiembre de 2024]. Disponible en: https://www.cgtrabajosocial.es/codigo_deontologico

 

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