Una manipulación de la verdad. El síndrome de Münchausen por poderes

25 septiembre 2024

 

AUTORES

  1. Lorena Rudilla Pinzón. Trabajadora Social. Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza). España.
  2. Mª Ángeles Gómez Auría. Trabajadora Social, TEL, TCAE. Hospital Universitario Miguel Servet Zaragoza. España.
  3. Laura Báguena Sancho. Trabajadora Social. Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza). España.
  4. María Cruz Camacho Pescador. Trabajadora Social. Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa (Zaragoza). España.
  5. Ana Cristina Gracia López. Trabajadora Social. Hospital Universitario Miguel Servet (Zaragoza). España.

 

RESUMEN

El maltrato infantil es un desafío global y un tema de salud pública que impacta a millones de niños, dejando secuelas serias que pueden perdurar a lo largo de toda su vida. Este tipo de maltrato puede presentarse de muchas maneras, incluyendo abuso físico, emocional, sexual y negligencia.

PALABRAS CLAVE

Maltrato infantil, síndrome de Münchausen por poderes, desorden facticio aplicado a otro y socialización.

ABSTRACT

Childhood abuse is a global challenge and a public health topic that affects millions of children, leaving serious aftermath that could persist during lifetime. This kind of mistreatment can be shown in many ways, including physical, emotional, or sexual abuse and negligence.

KEY WORDS

Child abuse, Münchausen syndrome by proxy, factitious disorder and socialisation.

INTRODUCCIÓN

Concretamente, el Síndrome de Münchausen por poderes (SMP) es un trastorno psicológico en el que la persona cuidadora provoca enfermedades en una persona con el objetivo de conseguir una atención y tratamiento médico. La gravedad de este tipo de abuso se halla en la alta morbilidad y en la complejidad para determinar este tipo de situaciones, lo que hace crucial enfocarse en su diagnóstico para prevenir consecuencias futuras. Esta complejidad se puede deber a que es un trastorno poco frecuente, y a menudo subestimado, provocando que pase desapercibido debido a la falta de conocimiento en el campo sociosanitario1.

Sin embargo, en los últimos años, el término ha experimentado cambios que han enriquecido su comprensión y ha aumentado la sensibilización en el ámbito profesional. En definitiva, se debe considerar el diagnóstico del Síndrome de Münchausen por poderes en cualquier niño que haya tenido o sufrido múltiples visitas médicas, estudios y hospitalizaciones.

 

OBJETIVOS

De entre los objetivos propuestos para llevar a cabo la investigación, son los siguientes:

Objetivo General

  1. Identificar y recopilar información relevante sobre el Síndrome de Münchausen por poderes a partir de diversas fuentes bibliográficas, y bases de datos incluyendo libros y artículos académicos.

 

Objetivos Específicos

  1. Revisar la legislación existente sobre el maltrato infantil.
  2. Examinar las diferentes manifestaciones clínicas del síndrome, incluyendo sus variantes, como el síndrome de Münchausen por poderes.
  3. Identificar los perfiles de los agresores y las víctimas, analizando las dinámicas de la relación entre ambos, así como los factores psicológicos y sociales que contribuyen a perpetuar este comportamiento abusivo.
  4. Proponer recomendaciones para la detección temprana y el manejo adecuado de los casos de síndrome de Münchausen en la práctica clínica.

 

METODOLOGÍA

La metodología adoptada para la realización de la investigación, es una metodología de tipo cualitativo. Se ha realizado una búsqueda sistemática de información en diferentes manuales y publicaciones realizados por investigadores sobre el tema objeto de estudio.

Se han identificado fuentes relevantes como libros, artículos académicos y documentos. Posteriormente, tras un análisis y una síntesis de los principales contenidos publicaciones científicas seleccionadas, se emplearon los siguientes descriptores o palabras clave para centrar el tema a tratar, ya sea: “Maltrato infantil”, “síndrome de Münchausen”, “síndrome de Münchausen por poderes, “Trastorno Facticio aplicado a otro”. Se determinó que en las búsquedas de los diferentes artículos aparecieran las palabras clave referenciadas, por tanto, la muestra final incluye un total de 30 documentos.

RESULTADOS

MARCO LEGAL:

Los derechos básicos del menor se encuentran registrados en un tratado de ámbito internacional que obliga a los gobiernos a su cumplimiento. La Convención de los derechos del niño, o también conocido como CDN, es un tratado certificado por parte de los 195 Estados que deben cumplir y corroborarlos2.

La Convención sobre los Derechos del Niño tuvo su momento más destacado en 1950, cuando las Naciones Unidas adoptaron la Declaración de los Derechos del Niño, que incluía diez principios. Sin embargo, estos principios no lograron ofrecer la protección necesaria a los menores, ya que no eran de carácter obligatorio. En 1978, el Gobierno de Polonia presentó a las Naciones Unidas un borrador de una Convención que detallaba los derechos de los niños. Después de diez años de negociaciones, se aprobó el texto final de la Convención sobre los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1989, que se convirtió en ley en 1990 tras ser firmado y aceptado por 20 países, incluido España. Por esta razón, el Día Universal del Niño se celebra el 20 de noviembre, conmemorando la aprobación de esta importante Convención2.

Esta Convención destinada al colectivo de los menores se encuentra compuesta por un total de 54 artículos que recogen los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos que deben ser atribuidos a todos los menores. Esta aplicación tiene un carácter obligatorio por parte de los gobiernos y no sólo por éstos, sino que se definen las obligaciones y responsabilidades que deben asumir ya sean padres o tutores, profesores, los profesionales de la salud, los investigadores y también, los propios niño/as1. Por ello mismo, resulta fundamental promover la parentalidad positiva a través del cuidado y de la crianza eficaz de los menores3.

La Ley Orgánica 8/20214,5, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, centra la atención en las Administraciones Públicas, obligando a estas a ofrecer a las familias el apoyo sustancial para la prevención y la protección, así como el apoyo a los progenitores desde el ámbito educacional a través de programas formativos que traten tanto las responsabilidades familiares como el rechazo a la violencia en la familia, así como el maltrato infantil.

Según la Organización Mundial de la Salud6, el maltrato infantil se puede definir como “El abuso o desatención hacia los menores de 18 años bajo una relación de confianza, de responsabilidad y de poder en comportamientos que implican maltrato físico, afectivo, abuso sexual, negligencia o desatención que afecta a su salud, al desarrollo e incluso, a su dignidad como persona”. Además, este maltrato hacia personas vulnerables provoca graves consecuencias en el desarrollo tanto físico, emocional y social, por lo que es crucial el desarrollo de las intervenciones preventivas y tempranas a través de la implicación de las redes de protección de la infancia7.

 

CONCEPTUALIZACIÓN:

El Síndrome de Münchausen por poderes (SMP), se ha establecido como un tipo de maltrato infantil perpetrado por los progenitores, generalmente por la madre, quien simula la existencia de síntomas o signos en el menor con el objetivo de encontrar asistencia médica, diagnósticos y terapias. El diagnóstico es difícil de determinar, ya que puede pasar desapercibido durante años. Su consecuencia es grave, llegando incluso, a causar la muerte del menor8.

El término fue acuñado por Roy Meadow1, citado por Richard Asher9, el cual lo define como “una afección por la cual son los pacientes quiénes simulan en sus historias clínicas una serie de síntomas y signos físicos, psicológicos con el fin de adoptar el rol de paciente y atención médica hospitalaria9”. El nombre viene en memoria del barón Münchausen, un alemán del siglo XVI que se jactaba contando sus historias como soldado y deportista y cuyo hijo falleció de manera misteriosa a la temprana edad de 10 meses10. Meadow habla de “Por poderes”, al referirse a una persona que inventa la sintomatología de otra persona más vulnerable, aludiendo de esta manera al que perpetúa dichos síntomas, que suele ser la persona que cuida, progenitor/a o tutor/a legal1.

Este tipo de maltrato infantil también es conocido con los términos: Trastorno Facticio aplicado a otro” y “Falsificación de un Proceso Pediátrico”. Este trastorno facticio es una patología psiquiátrica por el cual, es la persona quien desarrolla a propósito una sintomatología propia de un paciente enfermo, exagerando y provocando enfermedades, consiguiendo el ingreso en hospitales, procedimientos terapéuticos y operaciones invasivas, sin requerir ningún beneficio aparente. Este concepto es creado para hacer un diagnóstico en el menor7,11. Los criterios diagnósticos de este trastorno son7,12,13,14:

  • Falsificación de los síntomas tanto físicos como psicológicos. La persona puede llegar a inducir una lesión o una enfermedad, que puede llegar a ser muy evidente por parte del personal médico. En este punto es importante diferenciar: por un lado, la “falsificación” de pruebas (como, por ejemplo, añadiendo azúcar o muestras de heces en la orina); y, por otro lado, la “producción” de signos o sintomatología (como pueden ser: la administración de sedantes, las erupciones por sustancias irritantes, la provocación de asfixia con bolsas de plástico y la inducción al vómito).
  • La cuidadora presenta a otro individuo, en este caso a la víctima, de manera que sea percibida como alguien enfermo, incapacitado o herido ante los demás, y se le lleva al médico para recibir tratamiento.

 

Las consecuencias en el niño/a pueden ser fatales, este puede llegar a sufrir graves secuelas en el menor de tipo físico y psíquico. Según Sheridan15, un 7,5% de los menores sufrieron lesiones a largo plazo y un 6% terminaron falleciendo; mientras que el estudio de Yates et al.16, los menores que fallecieron correspondían a un 7,6% del total. Al igual que otras repercusiones de este tipo de maltrato, las víctimas pueden desarrollar un trastorno facticio que afecta tanto a ellas mismas como a sus propios hijos, convirtiéndose de víctimas a perpetradores17.

Como se ha mencionado, el síndrome de Münchausen por poderes es una subcategoría que genera una serie de síntomas en otro individuo más vulnerable, en este caso, hacia los menores8. Por ello, va encaminado hacia dos perfiles diferentes: hacia el autor o persona que perpetúa este tipo de comportamientos abusivos; y, por otro lado, hacia la propia víctima de este tipo de maltrato11.

Según los datos disponibles de los estudios realizados, el perfil de los agresores es el siguiente:

  • Se ha identificado que es la madre la responsable de este tipo de comportamientos. En el año 1987, Rosenberg13 comprobó que, en un total de 117 diagnósticos, en el 98% la responsable era la madre biológica. En 2003, Sheridan15, en el 76,5%, la responsable era la madre.
  • La edad media de las mujeres estaba comprendida entre los 25 y los 32 años de edad18.
  • En cuanto al perfil psiquiátrico, según un estudio realizado por Abdurrachid y Marques19, detallan que, de un total de 81 casos, en el 28% de los casos, el abusador presenta un diagnóstico psiquiátrico; un trastorno depresivo en un 14%, un trastorno facticio en un 10% y un trastorno de personalidad en el 7%. En la mayoría de los casos, el trastorno de personalidad puede ser de tipo borderline o de tipo histriónico. A su vez, son personas con alto índice de consumo de alcohol y drogadicción7,16,18,19,20.
  • Es destacable el comportamiento particular de las madres en el ambiente hospitalario. Destacan por ser muy comprometidas, atentas y colaboradoras con el personal sanitario16. Se encuentran más preocupadas por el trato con los profesionales que por la propia enfermedad de su hijo21.
  • Apenas existen estudios que analicen las percepciones sociales22.

 

Por su parte, respecto al perfil de la víctima del Síndrome de Münchausen, es el siguiente:

  • En la mayoría de los casos, el perfil suele ser bebés y niños pequeños menores de 6 años, se han encontrado casos de maltrato prenatal donde estos síntomas afecta al feto23. No obstante, en el 25% de los casos, el perfil responde a niños de edades superiores a los 6 años e incluso, hacia los adolescentes y adultos19,24.
  • En el estudio elaborado por Sheridan15, establece que en el caso de que el abusador sea el padre, lo más común es que la víctima también sea hombre.

Como profesionales sanitarios, en la práctica diaria es difícil determinar este tipo de situaciones. Existen casos con mayor o menor grado de sospecha clínica, pero en sí, es complicado contar con diagnóstico certero8. Ante la sospecha de Síndrome de Münchausen, el caso debe ser manejado por un equipo interdisciplinario, formado por: el pediatra de Atención Primaria, los médicos especialistas, el equipo de salud mental y la unidad de Trabajo Social. El equipo deberá desarrollar una estrategia conjunta para abordar el caso y hacer un seguimiento tanto del menor como de la familia en su totalidad, incluyendo a sus hermanos.

 

Así pues, se debe25:

  • Contrastar la información recibida por los diferentes profesionales en los distintos ámbitos de actuación.
  • Asignar una puerta de entrada en el hospital diferente al del Servicio de Urgencias, y, a poder ser, por profesionales que conozcan la historia clínica del menor, asignando un médico y un enfermero de referencia para coordinar la actuación y realizar la valoración médica. De esta manera, se pueden evitar exploraciones, tratamientos, pruebas complementarias e ingresos hospitalarios que no proceden. Es importante que este personal de referencia cuente con la confianza y mantengan una buena relación con la familia.
  • Planificación de las actuaciones entre todo el equipo interdisciplinar para planificar, de esta manera, el momento de confrontación con la familia y la decisión de las medidas legales.
  • Elaboración de un plan de seguimiento, siempre en coordinación con los diferentes recursos de la comunidad.

 

Concretamente, desde la profesión del Trabajo Social8, tras la sospecha de este tipo de abuso se debe:

  • Es importante considerar la situación sociofamiliar del niño, lo que incluye aspectos como la habilidad de los padres para proporcionar los cuidados necesarios, ya sean materiales, educativos, sociales o emocionales. También es fundamental analizar las condiciones económicas de la familia.
  • Orientar, ofrecer la información requerida y brindar todo el apoyo necesario a lo largo de todo el proceso de atención.
  • Coordinación con el Equipo de Orientación del centro escolar para la reciprocidad de información y comprobar si acuden regularmente al centro, descartando el absentismo escolar por problemas de salud.

 

CONCLUSIONES

En resumen, el Síndrome de Münchausen por poderes se clasifica como una forma de maltrato infantil que puede tener consecuencias muy serias para el niño afectado. El instrumento BALORA26 lo incluye como una categoría de maltrato infantil y es ampliamente utilizado en España para evaluar la gravedad de las situaciones de riesgo y desamparo en los menores.

Este comportamiento incide, por un lado, a la persona que engaña al personal sanitario al ocultar información y provocar síntomas en el menor. Por otro lado, también impacta al médico o al personal de salud, quienes, basándose en su formación y conocimientos sobre los síntomas, pueden suponer que se trata de un síndrome de maltrato negligente22,27.

La detección temprana es crucial para prevenir secuelas físicas o mentales serias. Es importante mencionar que, durante esta etapa de la infancia, la socialización juega un papel crucial, ya que los niños adquieren diversos conocimientos, valores y estilos de vida de manera activa. A una edad temprana, adquieren un gran potencial para establecer relaciones sociales, desarrollar altruismo y habilidades emocionales, pero también pueden verse influenciados por comportamientos negativos como la violencia y la agresividad. Estas tendencias se activan según el tipo de contacto y la influencia de los modelos a su alrededor28.

Por tanto, se puede afirmar que los contextos de socialización, la familia, la escuela, el grupo de iguales (y ahora en la actualidad los medios de comunicación) ofrecen una información para conseguir llevar a cabo los distintos aprendizajes. En definitiva, es a través del aprendizaje social donde se adquieren las capacidades sociales y se adoptan las normas de un grupo29.

Para concluir con la investigación, cabe mencionar una afirmación de la Carta de los Derechos de la Infancia del año 1923, citada por Roser30. Esta carta proporciona una serie de afirmaciones y que posteriormente fueron desglosadas en la Declaración de 1959 y en la Convención del 20 de noviembre de 1989. Uno de sus principios expresa el concepto más ilustre de participación, con el objetivo de contribuir a mejorar la sociedad y hacer del mundo un lugar más acogedor: “El niño ha de ser educado en el sentimiento de que ha de poner sus mejores cualidades al servicio de sus iguales30”.

 

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