AUTORES
- Ibrahim Al-Luch Mohatar. Hospital Comarcal Melilla.
- Saliha Amar Mohamed. Hospital Comarcal Melilla.
- Hafid Ismael Mohamed Hospital Comarcal Melilla
- Muhammad Al-Luch Mohatar. Hospital Comarcal Melilla.
- Joaquín Huertas Molina Hospital Comarcal Melilla.
- María Carmen Méndez Delgado Hospital Comarcal Melilla.
RESUMEN
El artículo 28 del Real Decreto 521/1987, aprobado el 15 de abril de 1987, menciona específicamente que todo paciente ingresado o consultado en un hospital deberá hacerlo a través del Servicio o Unidad de Admisión, con el mismo sistema de acceso de los pacientes beneficiarios de Seguridad Social como los que no lo son.
PALABRAS CLAVE
Admisión, función, celador, paciente, atención primaria.
ABSTRACT
Article 28 of Royal Decree 521/1987, approved on April 15, 1987, specifically mentions that all patients admitted or consulted in a hospital must do so through the Admission Service or Unit, with the same access system as beneficiary patients. Social Security and those who are not.
KEY WORDS
Admission, function, attendant, patient, primary care.
INTRODUCCIÓN1,2
El artículo 28 del Real Decreto 521/1987, aprobado el 15 de abril de 1987, menciona específicamente que todo paciente ingresado o consultado en un hospital deberá hacerlo a través del Servicio o Unidad de Admisión, con el mismo sistema de acceso de los pacientes beneficiarios de Seguridad Social como los que no lo son.
Con base en lo anterior, es obvio que en las instituciones de salud se involucran diferentes actividades y de diferente complejidad, es por ello que existe un Servicio de Documentación y Admisión Clínica que se dedica a coordinarlas, gestionarlas, ordenarlas y dirigirlas, con el fin de facilitar el acceso de los pacientes. El centro facilitará el intercambio de información entre los usuarios, siempre siguiendo los principios de equidad y eficiencia. También asistiendo y sirviendo a los profesionales que prestan servicios en el centro de salud.
OBJETIVO
Los objetivos de este artículo, los celadores deben de conocer el método de admisión y recepción del paciente con atención primaria, sabiendo los conocimientos que se deben adquirir a la hora de gestionar el traslado.
METODOLOGÍA
Se realizó una revisión bibliográfica de fuentes primarias y secundarias de información. Para las búsquedas se utilizaron los siguientes buscadores y bases de datos: Google Scholar, Dialnet, Medline Plus, Cochrane Plus Library, Intramed, EBSCO Host, Scielo, Fundación Índex y PubMed.
RESULTADOS1,2
El área de ingreso estará ubicada cerca de la entrada principal del hospital, tendrá un recorrido sencillo y directo al hospital y estará señalizada.
Funciones:
Establece los procedimientos necesarios para conocer en tiempo real la demanda de ingreso y los datos administrativos e información clínica que sea relevante para la clasificación de la solicitud.
Ayuda en la admisión de pacientes en base a los criterios y prioridades del hospital. Hay una lista que se actualiza constantemente en la que las personas pueden registrarse. La lista de espera es diferente de la lista de espera regular.
Establece el número adecuado de camas, de acuerdo con la necesidad precisa de atención. El proceso de registrar diariamente el número de camas libres en un hospital es un lugar común.
Informar a los pacientes del día y hora de su ingreso.
El proceso de registro y la recepción de pacientes son aspectos importantes del sistema de salud. Ayuda en la preparación de la documentación necesaria para el ingreso y alta del paciente.
La admisión de emergencia es un procedimiento que implica la admisión de un paciente a un hospital u otro centro médico sin tener primero una cita programada.
El servicio de admisión brinda apoyo organizacional a la demanda de atención médica en el servicio de urgencias del hospital, este apoyo asegura que se brinde una adecuada atención al paciente.
Funciones:
El registro de los datos identificativos del paciente, actualizando los datos mediante una entrevista personal previa a la presentación de los documentos justificativos (tarjeta sanitaria, DNI, etc.).
El registro de los datos relativos a la fecha y hora de la solicitud de asistencia, el origen (atención primaria, domicilio, etc.) y el motivo de la asistencia, que deriva al paciente al triaje de urgencias.
La documentación del proceso exacto de admisión del paciente.
El proceso de preparación y emisión de documentación relacionada con la asistencia en la zona del desastre. La determinación del régimen económico provisional.
Las pertenencias del paciente, si es necesario, deben ser entregadas al celador.
Los servicios de atención al paciente se prestarán a los pacientes, sus familiares, representantes o acompañantes.
Este departamento, al igual que el departamento de admisiones, depende de la administración del hospital (si el hospital no tiene un departamento de administración, estará bajo el departamento médico).
Funciones:
Recepción, bienvenida e información a familiares y pacientes cuando ingresan por primera vez.
Recibir, evaluar y hacer recomendaciones sobre todos los temas que reflejen las opiniones de los pacientes y sus familias.
Se realizó una encuesta posterior al alta.
Orientar las quejas, reclamaciones y sugerencias de los usuarios. Las reclamaciones de los pacientes, familiares y usuarios se tramitarán por escrito a través de los Servicios de Atención al Paciente y se remitirán al departamento correspondiente con una respuesta por escrito firmada por el director general o síndico.
CONCLUSIÓN
La función del celador ante el servicio de admisión, la recepción del paciente, tanto de los que llegan en ambulancia como de los que llegan solos. Quienes requieran asistencia deben ser transportados al interior del servicio de urgencias ya sea en silla de ruedas o en camilla.
BIBLIOGRAFÍA
- Miriam Chamorro Reinoso. EL CELADOR EN EL SERVICIO DE URGENCIAS HOSPITALARIAS Y CENTROS DE SALUD. Incluido en la revista Ocronos. Vol. V. Nº 5–mayo 2022. Pág. Inicial: Vol. V; nº5: 27-3.
- Jorge Llaneza Llaneza. EL CELADOR Y LA ATENCIÓN A PACIENTES CON POSIBLE COVID-19 EN ATENCIÓN PRIMARIA. Incluido en la revista Ocronos. Vol. III. Nº 2 – junio 2020. Pág. Inicial: Vol. III;nº2:196.