AUTORES
- Cristina Caballero García. Celadora Hospital Nuestra Señora de Gracia y Auxiliar Admón. Hospital Provincial.
- Silvia Elena Arriaza Cruz. TCAE Hospital Nuestra Señora de Gracia y Auxiliar de Admón. Hospital Provincial..
- Ricardo Castellano Sánchez. Celador Hospital Militar de Zaragoza.
RESUMEN
Los celadores han de transmitir a sus compañeros, superiores, subordinados o público las comunicaciones verbales (instrucciones, mensajes, información, etc.), que les indiquen sus superiores o profesionales autorizados, por delegación de éstos.
PALABRAS CLAVE
Documentos, objetos, traslados.
ABSTRACT
Wardens must transmit to their colleagues, superiores, subordinates or public verbal communications (instructions, messages, information, etc.), indicated by their superior or authorized professionals, by their delegation.
KEY WORDS
Documents, objects, transfers.
DESARROLLO DEL TEMA
El art. 14.2 del Estatuto de Personal no Sanitario establece como primera función de los celadores la siguiente: “tramitarán o conducirán sin tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que les sean confiados por sus superiores, así como habrán de trasladar, en su caso, de unos servicios a otros los aparatos o mobiliario que se requiera”. Igualmente, el art. 75 del Estatuto de Personal no Facultativo establece, en su apartado 12 que las Auxiliares de Enfermería “trasladaran, para su cumplimiento por los celadores, las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que les sean confiados por sus superiores”.
A efectos de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se entiende por:
1.- CONCEPTOS: Centro sanitario: Es el conjunto organizado de:
– Profesionales. – Instalaciones. – Medios técnicos.
Que realiza actividades y presta servicios para cuidar la salud de los pacientes y usuarios. Certificado médico:
Es la declaración escrita de un médico que da fe del estado de salud de una persona en un determinado momento.
Consentimiento informado: Es la conformidad: libre, voluntaria y consciente de un paciente. Manifestado en pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.
Documentación clínica: Contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial, en cualquier tipo de soporte.
Historia clínica: Es el conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evaluación clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial. Información clínica:
Todo dato, cualquier que sea su forma, clase o tipo, que permite adquirir o ampliar conocimientos sobre el estado
EL TRASLADO DE DOCUMENTOS Y OBJETOS.
Informe de alta médica: Es el documento emitido por el médico responsable en un centro sanitario al finalizar cada proceso asistencial de un paciente, que especifica los datos de éste, un resumen de su:
– Historial clínico.
– La actividad asistencial prestada.
– El diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas.
Intervención en el ámbito de la sanidad:
Es toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación.
Libre elección: Es la facultad del paciente o usuario de optar, libre y voluntariamente, entre dos o más alternativas asistenciales, entre varios facultativos o entre centros asistenciales, en los términos y condiciones que establezcan los servicios de salud competentes, en cada caso.
Médico responsable: Es el profesional que tiene a su cargo coordinar la información y la asistencia sanitaria del paciente o del usuario, con el carácter de interlocutor principal del mismo en todo lo referente a su atención e información durante el proceso asistencial, sin perjuicio de las obligaciones de otros profesionales que participan en las actuaciones asistenciales.
Paciente: Es la persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de la salud.
Servicio sanitario: Es la unidad asistencial con organización propia, dotada de los recursos técnicos y del personal cualificado para llevar a cabo actividades sanitarias.
Usuario: Es la persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria.
2.- DOCUMENTACIÓN CLÍNICA DE USO EN ATENCIÓN PRIMARIA:
Historia Clínica.
Historia Médica:
Es parecida a las hojas médicas y de enfermería que se verán en el caso hospitalario. Historia de enfermería:
La consulta directa que los diplomados de enfermería ofrecen a los pacientes en los Centros de Salud precisa de una historia de enfermería.
Esta historia se centra en los cuidados de enfermería que hay que dispensar a la población relacionados, por ejemplo:
– Programas específicos para crónicos.
– Hipertensos.
– Diabéticos.
– Vacunaciones.
– Educación sanitaria a los enfermos y la población en general.
Impreso de citación:
Es la cita para la próxima consulta.
Recoge datos de filiación del paciente, día, hora, lugar y servicio al que se cita al enfermo, así como instrucciones al enfermo de lo que tiene que hacer en caso de que se requiera algún tipo de preparación previa para acudir a la cita.
Impreso de solicitud de pruebas complementarias:
Sirve para dirigir a otros Servicios o a otros centros sanitarios:
– Laboratorios (bioquímica, microbiología etc.).
– Radiodiagnóstico.
– Anatomía Patológica.
– Medicina Nuclear.
– DOCUMENTACIÓN CLÍNICA DE USO HOSPITALARIO:
Historia Clínica.
Hoja de ingreso: Es cumplimentada por el personal administrativo.
Incluye datos de:
– Filiación del paciente.
– Teléfono de contacto con familiares directos.
– Servicio en el que ingresa.
– Habitación y motivo del ingreso (diagnóstico probable).
Informe médico de urgencias: Recoge los resultados del: Interrogatorio, exploraciones y pruebas complementarias.
Tradicionalmente el documento ha sido el “escrito que se prueba, acredita o se hace constar una cosa”. Modernamente es “todo soporte de información que trata de enseñar algo a alguien” o “todo elemento de información fijado sobre un soporte material o toda expresión de pensamiento fijada materialmente y susceptible de ser utilizada para consulta, estudio o prueba”.
Son documentos de traslado ordinario por los celadores:
– Hojas de interconsulta.
– Pedidos a Almacén General, Almacén de Fungibles, Farmacia, Lencería.
– Partes de Mantenimiento.
– Historias Clínicas.
– Peticiones y resultados de analíticas y pruebas diagnósticas (radiografías, ecografías, urografías, arteriografías, etc.).
– Peticiones de ambulancias. – Partes de quirófano.
– Petición de exploración en otros Centros e Instituciones.
– Peticiones de citas.
– Órdenes de hospitalización
Traslado de correspondencia:
Cartas, impresos, revistas y correo externo o interno, en general.
Traslado de objetos:
Todos los de uso común en las Instituciones sanitarias: cajas, carros, envases, medicamentos, tubos y muestras y enseres en general. 1
Traslado de aparatos y mobiliario:
Aparatos electrodomésticos, muebles, proyectores, fotocopiadoras. En caso de haber peones en la plantilla del Hospital (categoría creada por el Real Decreto Ley 3/1987, de 11 de septiembre), habrá que delimitar las funciones entre estos y los celadores en esta función de traslado de aparatos y mobiliario.
El modo en que los superiores “confían” a los celadores el traslado de documentos, correspondencia, objetos, aparatos y mobiliario no ha de ser siempre mediante una orden verbal directa.
Lo habitual es asignar por escrito los deberes que corresponden a los celadores de cada Unidad y su ejecución puede realizarse por iniciativa del propio celador o a petición de otros profesionales, aunque no sean sus superiores, y por supuesto por orden de sus superiores. Aparte de lo ya indicado, se recogen a continuación algunas de las tareas más frecuentes de los celadores de las Instituciones Sanitarias relativas a esta función de traslado de documentos y objetos:
- Reparto de correspondencia dentro del centro.
- Entrega de avisos verbales y escritos a los compañeros, superiores o público.
- Tramitar los pedidos de almacén, recogiendo el material cuando esté dispuesto, y traslado del mismo a la Unidad correspondiente.
- Traslado de Historias Clínicas entre el Archivo y la Unidades del Hospital: consultas, Servicios diagnósticos, Plantas de Hospitalización.
- Traslado de portafirmas desde las Unidades administrativas a asistenciales hasta las Direcciones o Jefaturas correspondientes para que los escritos sean firmados y/o registrados, en su caso, y posterior devolución a las Unidades.
- Reposición de colchones, trasladando los viejos al Almacén y recogiendo de allí mismo los nuevos
- Reposición de determinado material de Lencería, haciendo lo mismo que con los colchones (almohadas, fundas de colchón).
- Los celadores adscritos a Servicios de Almacena se encargará del traslado del material dentro del mismo.
- El celador de quirófanos transporta los aparatos del área quirúrgica que le requiera el personal sanitario2.
CONCLUSIÓN
En todas las áreas de servicios hospitalarios que se cuenta con el celador así, como todas las funciones que desarrolla, el celador es una parte fundamental del servicio hospitalario, a pesar de ser parte del equipo dentro del estatuto está catalogado como personal no sanitario.
BIBLIOGRAFÍA
- III Congreso Virtual SICEPA – USIPA «2023: Sanidad, un trabajo en equipo». [Internet]. Editorial Científico-Técnica OCRONOS, 2023- Disponible en: www.congresosicepa.com/papel celador.
- Sindicato de Sanidad de Las Palmas de la CGT. [Internet]. Disponible en: www.cgtsanidadlpa.org/f/opes/celador/temas