Sistema informático de no reanimación en urgencias.

4 diciembre 2021

AUTORES

  1. Raquel Vicente Martínez. Graduada en Enfermería. Hospital Universitario Miguel Servet.
  2. Alicia Salvador Catalán. Graduada en Enfermería. Hospital Clínico Lozano Blesa.
  3. Isabel Tejero Cobo. Graduada en Enfermería. Hospital Clínico Lozano Blesa.
  4. Laura Salas Jiménez. Graduada en Enfermería. Hospital clínico Lozano Blesa.
  5. Sofía Bueno Macías. Graduada en Enfermería. Hospital Clínico Lozano Blesa.
  6. Malena Lafuente Vicente. Graduada en Enfermería. Hospital Clínico Lozano Blesa.

 

RESUMEN

Este artículo se basa en la valoración de la necesidad de implementar un sistema informático de notificación de Orden de No Resucitar en el servicio de urgencias.

 

PALABRAS CLAVE

Sistema informático, reanimación, urgencias.

 

ABSTRACT

This article is based on the assessment of the need to implement a computerized Do Not Resuscitate Order notification system in the emergency department.

 

KEY WORD

Computer system, resuscitation, emergencies.

 

INTRODUCCIÓN

En nuestra sociedad, con el envejecimiento demográfico, se ha percibido un auge en la prevalencia de enfermedades crónicas y degenerativas durante las últimas décadas, debido entre otros motivos, al aumento de la esperanza de vida con avances en medicina muy especializados. De igual manera, pueden darse situaciones críticas inesperadas a cualquier edad, como enfermedades degenerativas o eventos agudos irreparables como accidentes. En ambos casos es preciso preservar un profundo respeto a los deseos y voluntades de los pacientes, sin olvidar su intimidad y seguridad ante un proceso soberanamente tecnificado e instrumentalizado. 1

La Ley de Autonomía del Paciente aprobada en el 2002 regula en el artículo 11 el documento de voluntades anticipadas, el cual pretende respetar la autonomía de las personas, ya que son éstas las que decidirán qué cuidados y tratamientos querrán o no recibir cuando sus capacidades no le permitan realizarlo de forma autónoma. De la misma manera, se exime a los sanitarios y familiares de la responsabilidad que conlleva decidir durante este proceso, evitando que influyan sus propias creencias tanto morales como éticas. Así mismo, sirve como orientación para la práctica clínica de los médicos, enfermeros y cuidadores. 2,3

El informar a la población de la probabilidad de realizar este documento y las ventajas que esto conlleva supondría una mejora en la asistencia sanitaria y favorece la libertad de decisión de los pacientes. En España, solo lo ha suscrito el 5,6% de la población y la mayoría de las personas que lo han realizado son mayores de 50 años. 4

Dentro del documento de voluntades anticipadas (DVA), quedan establecidos las instrucciones y límites con respecto a las actuaciones médicas en determinadas situaciones, como no aplicar o retirar las medidas de soporte vital o la reanimación cardiopulmonar (RCP). La RCP consiste en un conjunto de medidas de soporte vital para restablecer la función cardiopulmonar en un paciente con parada cardiorrespiratoria, siendo la complicación más temida las secuelas neurológicas. 5

Las órdenes de no reanimación cardiopulmonar, (ONR) en adelante, no significan el exitus del paciente o la suspensión de otras alternativas terapéuticas, sino que establecen unas medidas de actuación que van encaminadas a preservar la dignidad del enfermo. Por este motivo, es necesario un sistema de alarma que permita al personal de turno tener conocimiento sobre la decisión del paciente y actuar en consecuencia. Ésta medida sería de gran ayuda en situaciones de urgencia, en las que no se conocen los antecedentes del paciente. 6

 

JUSTIFICACIÓN

Por las razones explicadas anteriormente surge la necesidad de crear una herramienta implementada en el servicio de Urgencias, donde quede reflejado la voluntad de ONR por parte del paciente. Esta herramienta permitirá a los profesionales sanitarios tener conocimiento de las últimas voluntades de los pacientes, pudiendo adaptar en la medida de lo posible, las necesidades y deseos reflejados en las últimas voluntades, con el fin de obtener una mejoría en la calidad asistencial y preservar la dignidad del paciente. Por ello se decide diseñar un proyecto de sistema informático de notificación ONR en Urgencias.

 

OBJETIVOS

Objetivo principal: Implementar un sistema informático de notificación de ONR en el servicio de Urgencias.

Objetivos específicos:

  • Formación del personal de enfermería en el servicio de Urgencias, sobre las últimas voluntades y la ONR.
  • Fomentar el respeto hacia las decisiones del paciente.
  • Garantizar el principio de autonomía del paciente.

 

METODOLOGÍA

CICLO DE DEMING – CICLO PHVA:

  1. Planificar: Elaborar un sistema de alarma de ONR en el servicio de urgencias.
  2. Hacer: Crear un sistema de alerta de ONR.
  3. Verificar: Comparar los resultados con el objetivo planteado.
  4. Actuar: Subsanar los errores que se produzcan y si el resultado es satisfactorio implementarlo de forma definitiva.

 

DAFO:

    1. Debilidades:
      1. Ignorar la notificación de ONR por parte del equipo de Urgencias.
      2. Afrontamiento ineficaz dependiendo de la situación clínica del paciente.
    2. Amenazas:
      1. La muerte como tema de difícil abordaje.
      2. Fallo en el sistema informático de ONR.
    3. Fortalezas:
      1. Es una herramienta novedosa.
      2. Permite una mayor autonomía en la decisión del paciente.
    4. Oportunidades:
      1. A largo plazo se puede implementar su uso en otros servicios.
      2. Disminuir la responsabilidad en la toma de decisiones por parte de los familiares.

 

BÚSQUEDA BIBLIOGRÁFICA:

Se realizó una búsqueda bibliográfica retrospectiva de los artículos en inglés o español publicados entre los años 2009 y 2019 en las bases de datos/buscadores: SCIELO, SCIENCE DIRECT, usando los descriptores:“últimas voluntades/last requests’’,“testamento vital/living will’’, “voluntades anticipadas/advance directives’’ y “bioética/bioethics’’ “orden de no reanimación/no resuscitation order’’. Así mismo, se consultó la página oficial del Gobierno de Aragón y la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC).

 

INDICADORES:

Indicadores de estructura:

Se usarán los recursos propios del servicio de Urgencias entre los que se incluyen la sala de reuniones y proyector para la explicación de los talleres formativos del proyecto, los cuales serán impartidos por un médico y una enfermera especialista del mismo servicio de Urgencias.

Se implementará con el servicio de informática la inclusión de la interfaz de notificación de ONR en el programa informático del servicio de Urgencias. Dicha notificación creará una alerta ante la introducción de los datos personales del paciente, que se visualizará en el supuesto de que la orden de ONR esté registrada en las últimas voluntades del paciente.

Indicadores de proceso:

Se realizará una evaluación previa a las enfermeras del servicio sobre las voluntades anticipadas, valorando los conocimientos y la formación que tienen al respecto. Ante la implementación de la interfaz de ONR en el sistema informático, se pondrá a disposición de los profesionales de Urgencias un buzón de asistencia y dudas, con el objetivo de detectar posibles fallos y/o futuras mejoras. Al finalizar el proyecto, se realizará una re-evaluación de los conocimientos adquiridos por las enfermeras, así como una encuesta de satisfacción ante la implementación de la nueva interfaz.

Indicadores de resultados:

Mediante un sistema de registro informático se cuantificó el número de ocasiones en las que la interfaz de alarma de ONR ha sido notificada en el servicio de Urgencias. Se registrarán en el sistema de evaluación las distintas medidas terapéuticas y órdenes médicas que se han llevado a cabo ante la notificación de ONR con las distintas respuestas (“APLICACIÓN DE MEDIDAS DE ONR” y “APLICACIÓN DE MEDIDAS DE RCP”), para evaluar cuál ha sido la actuación asistencial de los profesionales y si ha sido útil en el proceso de respetar las últimas voluntades del paciente.

 

DISCUSIÓN

En primer lugar, existe un gran desconocimiento por parte de la población sobre lo que supone el DVA. Según un estudio, el 88% de las personas entrevistadas no conocían éste documento, aunque un 67’8% de éstos si firmaría el DVA si la enfermedad fuera terminal. Además, un 76’2% de los entrevistados refiere que existe muy poca información acerca del DVA. 7

El DVA es de vital importancia para la población anciana o para personas con enfermedades terminales, de igual manera es relevante para la población en general, ya que esto permite respetar la autonomía y libertad del paciente en cualquier situación. La población considera que es un documento útil pero sólo un pequeño porcentaje ha registrado el DVA. Esto nos indica que existe una mínima preocupación por parte del ciudadano, aparte de muy poca información respecto al tema.

En el caso de que se incrementara el número de personas que realizan el documento, probablemente se reduciría el gasto económico, ya que se evitaría realizar técnicas sanitarias innecesarias, además de que se les quitaría un gran peso a familiares y médicos que deben de tomar la decisión por el paciente. 1

Dentro del DVA, se encuentra el derecho de la ONR. En la práctica clínica, en ocasiones se produce ensañamiento terapéutico que sólo consigue alargar el proceso terminal. La ONR es fundamental en la práctica clínica para preservar el principio de autonomía del paciente y respetar el principio de beneficencia, siendo el usuario el único titular del derecho a decidir. 6

Urgencias es uno de los servicios en los que este tipo de documentos tiene un mayor peso debido a la inmediatez y gravedad de las situaciones clínicas. En estas situaciones, se desconocen los antecedentes de los pacientes o es difícil de verificarlos de forma inmediata. Por esto mismo, recae un gran peso en la toma de decisiones por parte del personal médico.

El médico tiene la libertad y la responsabilidad moral de tomar una decisión distinta a lo manifestado por el paciente. Sin embargo, el médico tiene la obligación de respetar el derecho de autonomía del paciente y actuar en consecuencia. 8

 

CONCLUSIÓN

Actualmente, en España, el número de personas que firman el documento de Voluntades Anticipadas es escaso. Dentro de este documento se encuentra el derecho a la ONR. El hecho de acatar esta decisión contribuye a respetar la autonomía y dignidad del paciente sobre su proceso evolutivo.

Llevar a cabo la ONR no significa eliminar o no aplicar otras medidas terapéuticas a los pacientes sino todo lo contrario, garantizando unos cuidados especializados tanto al paciente como a su entorno familiar.

Elaborar un sistema de notificación de ONR proporcionará al personal sanitario del servicio de Urgencias, una herramienta que favorece la toma de decisiones en situaciones complejas, permitiendo a los profesionales actuar acorde a los deseos del paciente.

 

BIBLIOGRAFÍA

  1. Bejarano Gómez M, Braojos Bautista R, Díez García M, Prieto Sánchez M, Sánchez Díez
  2. S. Declaración de voluntades anticipadas. Un testamento vital para asegurar la autonomía. Gerokomos [Internet]. 2019 [acceso 22 de octubre de 2021]; 30(3):119-123. Disponible en: http://scielo.isciii.es/pdf/geroko/v30n3/1134-928X-geroko-30-03-119.pdf
  3. García J, Canal-Fontcuberta I, Martínez Sellés M. Orden de no reanimar: MedlinePlus enciclopedia médica [Internet]. 2019 [acceso 14 de octubre de 2021] Disponible en: https://medlineplus.gov/spanish/ency/patientinstructions/000473.htm http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2014- 98322013000300009&lang=es
  4. Ley 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso- de morir y de la muerte. Boletín Oficial del Estado, 70, del 7 de abril del 2011, 7669-7682 Recuperado de: http://www.boa.aragon.es/cgi- bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=590397610303&type=pdf
  5. Testamento vital: Líos en urgencias: [Internet]. 2019 [acceso 22 de octubre de 2021]. Disponible en: https://www.diariomedico.com/opiniones/el-escaner/testamento-vital-lios-en-las- urgencias.html
  6. Voluntades anticipadas. Asociación Española Contra el Cáncer. España [Internet]. 2018 [acceso 23 de octubre de 2021]. Disponible en: https://www.aecc.es/es/todo-sobre-cancer/derechos- pacientes/voluntades-anticipadas
  7. La reanimación cardiorrespiratoria y la orden de no reanimar. Rev. méd. Chile [Internet]. 2007 mayo [acceso 20 de octubre de 2021]; 135(5): 669-679. Disponible en: https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-98872007000500017
  8. Angel-López-Rey E, Romero-Cano M, Tébar-Morales J, Mora-García C, Fernández- Rodríguez O. Conocimientos y actitudes de la población ante el documento de voluntades anticipadas. Enfermería Clínica. 2008;18(3):115-119.
  9. Órdenes de no reanimación y anestesia. Colombian Journal of Anesthesiology. Colombia [Internet]. 2016 junio [acceso 12 de octubre 2021]; 44(2):146-150. Disponible en: https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0120334716000071

 

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