Plan de prevención frente a agresiones externas a profesionales sanitarios en Aragón

2 junio 2025

 

AUTORES

  1. Carlos Ballarin Roldan. Enfermero. Hospital Sagrado Corazón de Jesús. Huesca. Aragón, España.
  2. Francisca Morte Martín. Enfermera. Hospital Universitario Miguel Servet. Zaragoza. Aragón, España.
  3. Monika Antonova Taushanska. Celador. Hospital San Jorge. Huesca. Aragón, España.
  4. Ángela María Marín Cardona. Celador. Hospital San Jorge. Huesca. Aragón, España.
  5. Jagoba Sardón Pérez. Enfermero. Gerencia 061. Zaragoza. Aragón, España.
  6. Roberto García Pérez. Médico. Hospital Miguel Servet. Zaragoza. Aragón, España.

 

RESUMEN

El Plan de Prevención frente a agresiones externas en el lugar de trabajo y atención a profesionales del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de Aragón, busca garantizar entornos laborales seguros mediante la prevención de la violencia externa, la formación de profesionales y la atención integral a las víctimas de agresiones.

PALABRAS CLAVE

Violencia externa, prevención de riesgos laborales, agresión.

ABSTRACT

The Prevention Plan against external aggressions in the workplace and attention to professionals in the public health system of the Autonomous Community of Aragon seeks to guarantee safe working environments through the prevention of external violence, the training of professionals and comprehensive attention to victims of aggressions.

KEY WORDS

External violence, occupational risk prevention, aggression.

DESARROLLO DEL TEMA1-3

El «Plan de Prevención frente a agresiones externas en el lugar de trabajo y atención a profesionales del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de Aragón» (en adelante, el Plan), publicado en el Boletín Oficial de Aragón el 12 de marzo de 2025, representa un esfuerzo institucional significativo para abordar un problema creciente: la violencia ejercida contra los profesionales sanitarios por parte de usuarios y acompañantes. Este fenómeno, que ha experimentado un aumento en la última década en el Sistema Nacional de Salud español, ha motivado a las autoridades aragonesas a actualizar y reforzar las medidas preventivas y de atención a las víctimas, integrando una perspectiva integral que combina prevención, formación, apoyo y reparación.

El Plan se fundamenta en un marco normativo que incluye la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la Ley 6/2002 de Salud de Aragón, y la Ley 9/2013 de Autoridad de Profesionales del Sistema Sanitario y de Servicios Sociales Públicos de Aragón. Además, se alinea con la reforma del Código Penal de 2015, que tipifica las agresiones a sanitarios públicos como delito de atentado contra la autoridad, y con la Instrucción 3/2017 de la Secretaría de Estado de Seguridad, que introduce la figura del Interlocutor Policial Territorial Sanitario para mejorar la coordinación con las fuerzas de seguridad.

OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN1-3:

El objetivo principal del Plan es establecer un conjunto de actuaciones preventivas y pautas de actuación para prevenir, resolver y dar seguimiento a las situaciones de violencia externa contra los empleados del Servicio Aragonés de Salud (SALUD). Esto incluye agresiones ocurridas tanto dentro como fuera del lugar de trabajo, siempre que estén relacionadas con el ejercicio profesional, y abarca también la violencia patrimonial que afecte a los bienes de la administración o del personal. Entre los objetivos específicos se encuentran el diseño de entornos laborales que minimicen la exposición a la violencia, la mejora de competencias profesionales para identificar y manejar situaciones conflictivas, y la garantía de asistencia médica, psicológica y jurídica a las víctimas.

El ámbito de aplicación abarca a todos los trabajadores del SALUD, excluyendo las agresiones entre personal sanitario o con empleados de empresas externas, las cuales se gestionan mediante otros procedimientos. Este enfoque delimita claramente el foco en la violencia externa, priorizando la seguridad de los profesionales frente a pacientes y acompañantes.

DEFINICIÓN Y TIPOLOGÍA DE AGRESIONES4,5:

El Plan define la agresión externa como cualquier acción, incidente o comportamiento que se aparta de lo razonable y que implique violencia física, insultos graves, amenazas, coacciones o acoso, ejercido por usuarios o acompañantes. Se clasifican en tres categorías:

1. Agresión física: Uso de fuerza con contacto físico, con o sin armas, destinada a causar daño.

2. Agresión no física: Incluye insultos, amenazas o coacciones, divididas en Grado 1 (vejaciones, injurias) y Grado 2 (amenazas graves, coacción). Estas pueden manifestarse presencialmente, por teléfono o mediante ciberacoso.

3. Violencia patrimonial: Daños a bienes de la organización o del trabajador como represalia.

Se excluyen situaciones como conflictos internos entre empleados o quejas formales sin insultos graves, mientras que las agresiones por pacientes con alteraciones mentales reciben un tratamiento especial, considerándose sólo en casos de violencia física o no física de Grado 2.

 

LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE INTERVENCIÓN6-8:

El Plan se estructura en cuatro líneas estratégicas:

1. Adecuación de entornos laborales: Incluye campañas de tolerancia cero, evaluación de riesgos por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, instalación de dispositivos de alerta (como botones antipánico y videovigilancia), y coordinación con el Interlocutor Policial Sanitario. También se promueve el diseño de infraestructuras seguras con iluminación adecuada y vías de escape.

2. Formación y capacitación: Se implementa un plan de formación específico que abarca desde la difusión del Plan hasta cursos sobre manejo de conflictos y técnicas de comunicación, dirigidos a todos los niveles del personal sanitario.

3. Apoyo a las víctimas: Se crea la Unidad de Referencia para la atención al profesional agredido y la figura del Profesional Guía, quienes ofrecen asistencia sanitaria, psicológica y jurídica, además de medidas de reparación como el cambio de centro de trabajo.

4. Notificación y registro: Se establece un registro centralizado de incidentes, la elaboración anual de un Mapa de Riesgo y el seguimiento por la Mesa Técnica de Agresiones, que evalúa y propone mejoras continuas.

 

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN9,10:

Ante una agresión, el procedimiento incluye:

– Respuesta inmediata: Activación de dispositivos de alerta y solicitud de ayuda a seguridad o fuerzas policiales.

– Asistencia sanitaria: Atención médica y psicológica inmediata, con parte de lesiones.

– Notificación: Registro del incidente mediante el Anexo II, con apoyo del Profesional Guía.

– Asistencia jurídica: Opcional, a través de Servicios Jurídicos.

– Seguimiento: Evaluación de la salud del profesional y medidas preventivas por las Unidades Básicas de Prevención.

 

RELEVANCIA9,10:

El aumento de la violencia contra los sanitarios en España, reflejado en estadísticas nacionales y autonómicas, subraya la necesidad de este Plan. Factores como las demandas inmediatas de los usuarios, los tiempos de espera prolongados y la falta de información son identificados como desencadenantes comunes. La iniciativa aragonesa no solo responde a esta realidad, sino que establece un modelo replicable, integrando herramientas tecnológicas (como AlertCops) y un enfoque psicosocial que prioriza el bienestar del profesional.

 

CONCLUSIÓN

El Plan de Prevención frente a Agresiones Externas en Aragón es una respuesta integral y proactiva al desafío de la violencia contra los profesionales sanitarios. Su enfoque multidisciplinario, que abarca desde la prevención hasta la reparación, lo posiciona como un referente en la protección de los trabajadores de la salud.

 

BIBLIOGRAFÍA

  1. Gobierno de Aragón. Orden SAN/234/2025, de 28 de febrero, por la que se da publicidad al Plan de Prevención frente a agresiones externas en el lugar de trabajo y atención a profesionales del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de Aragón. Boletín Oficial de Aragón. 2025 Mar 12;49:1-32.
  2. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Boletín Oficial del Estado. 2003 Dec 17;301:44739-50.
  3. Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. Boletín Oficial del Estado. 2002 May 9;112:17103-14.
  4. Ley 9/2013, de 28 de noviembre, de Autoridad de Profesionales del Sistema Sanitario y de Servicios Sociales Públicos de Aragón. Boletín Oficial de Aragón. 2013 Dec 9;237:1-10.
  5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Boletín Oficial del Estado. 1995 Nov 10;269:32589-606.
  6. Secretaría de Estado de Seguridad. Instrucción 3/2017, sobre medidas policiales a adoptar frente a agresiones a profesionales de la salud. Madrid: Ministerio del Interior; 2017.
  7. Código Penal Español. Reforma de 2015. Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Boletín Oficial del Estado. 2015 Mar 31;77:27166-27207.
  8. Orden HAP/1498/2022, de 13 de octubre, del Departamento de Hacienda y Administración Pública. Boletín Oficial de Aragón. 2022 Oct 20;203:1-15.
  9. Organización Mundial de la Salud. Prevención de la violencia en el lugar de trabajo en el sector sanitario. Ginebra: OMS; 2020.
  10. Ministerio de Sanidad. Informe sobre agresiones a profesionales del Sistema Nacional de Salud 2023. Madrid: Ministerio de Sanidad; 2024.

 

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