En que ha cambiado el nuevo convenio del INSS en el control de la incapacidad temporal en Aragón

2 junio 2025

 

AUTORES

  1. Francisca Morte Martín. Enfermera. Hospital Universitario Miguel Servet. Zaragoza. Aragón, España.
  2. Monika Antonova Taushanska. Celador. Hospital San Jorge. Huesca. Aragón, España.
  3. Ángela María Marín Cardona. Celador. Hospital San Jorge. Huesca. Aragón, España.
  4. Jagoba Sardón Pérez. Enfermero. Gerencia 061. Zaragoza. Aragón, España.
  5. Carlos Ballarin Roldan. Enfermero. Hospital Sagrado Corazón de Jesús. Huesca. Aragón, España.
  6. Roberto García Pérez. Médico. Hospital Miguel Servet. Zaragoza. Aragón, España.

 

RESUMEN

Se comparan los dos últimos convenios del Instituto Nacional de la Seguridad Social para el control de la incapacidad temporal. El suscrito con la Comunidad Autónoma de Aragón para 2021-2022, y los objetivos establecidos para 2025 dentro del marco 2025-2028. Ambos acuerdos buscan modernizar la gestión de la incapacidad temporal y racionalizar el gasto, pero difieren en su enfoque, especificidad y herramientas tecnológicas.

PALABRAS CLAVE

Incapacidad temporal, convenio, gestión sanitaria.

ABSTRACT

The last two agreements of the National Institute of Social Security for the control of temporary disability are compared. The one signed with the Autonomous Community of Aragon for 2021-2022 and the objectives established for 2025 within the 2025-2028 framework. Both agreements seek to modernize the management of temporary incapacity and rationalize expenditure, but differ in their approach, specificity and technological tools.

KEY WORDS

Temporary disability, agreement, healthcare management.

DESARROLLO DEL TEMA1-4

La incapacidad temporal (IT) es una de las prestaciones principales del sistema de Seguridad Social español, destinada a compensar la pérdida de ingresos por enfermedad o accidente no laboral, cuya gestión eficiente requiere la colaboración entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y los servicios autonómicos de salud. En este contexto, se comparan los dos últimos convenios del INSS: el firmado con la Comunidad Autónoma de Aragón para 2021-2022, publicado el 1 de marzo de 2021 en el Boletín Oficial del Estado, y los objetivos específicos para 2025 dentro del marco 2025-2028. Ambos documentos comparten el propósito de modernizar la gestión y controlar el gasto de la IT, pero reflejan etapas distintas en la evolución administrativa y tecnológica del sistema, con diferencias notables en estructura, criterios y enfoque.

El Convenio 2021-2022 establece un marco de colaboración interadministrativa bajo el Real Decreto 625/2014, con un crédito global de 315.023.458,60 € para 2021, distribuido entre comunidades según el número de asegurados, y un Plan de Actuaciones fijo (60% para actividades de modernización y 40% para racionalización del gasto). Su objetivo es sentar bases operativas, como la transmisión telemática de partes médicos en el primer día hábil, la integración de tablas de duración óptima y el uso inicial de análisis predictivo, con un enfoque en la coordinación y estandarización. Por contraste, el documento 2025-2028, aunque mantiene la misma proporción de crédito, detalla objetivos específicos para 2025 con métricas más precisas y un enfoque más centrado en resultados clínicos y en la responsabilidad individual.

COMPARACIÓN5-9:

Un área clave de comparación es la transmisión telemática de partes médicos. En 2021-2022, se exige su envío al INSS en un día hábil, con códigos CIE y ocupacionales, valorado al 12% del crédito, priorizando rapidez y calidad general. En 2025, este apartado se desglosa en subobjetivos cuantificados: 3% por transmitir el 96% de bajas y altas en 4 días (mínimo 94%), 0,25% por el 98% de confirmaciones en 4 días (mínimo 95%), y 0,25% por resolver incidencias empresariales rápidamente. Esta evolución refleja un salto de un estándar básico a un sistema de evaluación detallado, alineado con tendencias de gestión basada en datos. Además, el 2025 introduce el Protocolo VIII para integrar información ocupacional en atención primaria, un avance ausente en 2021-2022.

Las tablas de duración óptima también muestran diferencias. En 2021-2022, el 3% del crédito se asigna a su integración en sistemas informáticos, con alertas automáticas y planes de acción para evitar los excesos, buscando uniformidad. En 2025, este porcentaje se mantiene, pero exige codificar al menos el 60% de diagnósticos con códigos de tiempo estándar (2,5%) y certificar sistemas de información mensual sobre días excedidos (0,5%), priorizando la precisión diagnóstica y el seguimiento individual. Esto sugiere una mayor exigencia técnica y un enfoque en ajustar mejor las duraciones de tiempo de IT a estándares clínicos, respondiendo a estudios que señalan demasiada variabilidad en estos tiempos.

El análisis predictivo, introducido en 2021-2022 con un 4% del crédito, combina diferentes variables (edad, sexo, patología) para priorizar revisiones, valorado por respuesta, tiempo y desviación respecto a medias provinciales. En 2025, reducido al 3%, se especifica un umbral mínimo del 80% de respuesta a procesos enviados por el INSS, con tiempos y desviaciones nacionales como criterios (0,75% y 0,25%), enfocándose principalmente en casos de 180-330 días. Esta refinación indica un uso más selectivo y estratégico de la herramienta, optimizando recursos frente a la implementación inicial más general de 2021-2022.

La atención a patologías específicas marca otra divergencia. En 2021-2022, el 12% del crédito se destina a avisos en partes de confirmación (asistenciales o no asistenciales) y la creación de Unidades Especializadas en patologías musculoesqueléticas y psiquiatría menor, valorando su establecimiento en 2021 y resultados en 2022. En 2025, este apartado mantiene el 12%, pero detalla: 2% para avisos (15%-60% de procesos >45 días marcados como incidencias) y 10% para unidades especializadas, con 6% para musculoesqueléticas (Capítulo XIII) y 4% para psiquiatría menor (Capítulo V), exigiendo actuación en al menos el 20% de casos marcados y la reducción de duración media de baja frente a la media nacional. Este enfoque más clínico y cuantificado contrasta con la visión organizativa inicial, alineándose con la alta prevalencia de estas patologías.

La implicación de los médicos es otro punto distintivo. En 2021-2022, el control médico (10%) mide días de IT por afiliado a nivel de áreas de inspección, comparados con la media nacional. En 2025, este apartado (11%) introduce incentivos individuales: 10% basado en exceso de días por facultativo (mínimo 60 procesos anuales, 50% codificados con tiempos estándar), con crédito proporcional al cumplimiento, y 1% por controlar bajas post-denegación de incapacidad permanente. Este cambio de un enfoque colectivo a uno individual refleja una estrategia para responsabilizar directamente a los prescriptores, un aspecto debatido en la literatura sobre gestión de IT.

La formación también evoluciona. En 2021-2022, el 4% del crédito exige capacitar al 20% de médicos de atención primaria (90% MAP, 10% especialistas), con cursos presenciales, MIR y campañas ciudadanas. En 2025, sube al 5% del crédito, pero reduce el objetivo al 15% (10% cursos presenciales, 5% online de 30 horas), especificando contenidos normativos y clínicos, y manteniendo campañas. Aunque el porcentaje baja, la mayor definición y uso de formación online sugieren una adaptación a los recursos digitales.

En racionalización del gasto, ambos asignan un 40% del crédito. En 2021-2022, se mide por coste/afiliado/mes (20%), incidencia (8%), prevalencia (8%) y procesos cortos (4%), usando 2019 como base por la pandemia. En 2025, se simplifica a coste/afiliado/mes (16%), incidencia (8%) y prevalencia (16%). Esto indica un enfoque más dinámico en el segundo documento.

Finalmente, el acceso telemático a historias clínicas, al 3% del crédito en 2021-2022, baja al 2% en 2025.

 

CONCLUSIÓN

El Convenio 2021-2022 establece un marco estructural para la gestión de la IT, mientras que los objetivos 2025-2028 lo refinan con mayor especificidad, digitalización y enfoque clínico-individual. Esta evolución mejora la eficiencia y control, pero exige mayor capacidad tecnológica y organizativa, consolidando avances en la Seguridad Social española.

 

BIBLIOGRAFÍA

  1. Instituto Nacional de la Seguridad Social. Informe estadístico de incapacidad temporal 2020. Madrid: INSS; 2021.
  2. España. Resolución de 22 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el control de la incapacidad temporal durante el período 2021-2022. Boletín Oficial del Estado. 2021;51:24459-24475.
  3. Instituto Nacional de la Seguridad Social. Convenios para el control de la IT 2025-2028: Valoración Objetivos 2025. Madrid: INSS; 2025.
  4. España. Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal. Boletín Oficial del Estado. 2014;174:59712-59725.
  5. OECD. Health at a Glance 2023: OECD Indicators. Paris: OECD Publishing; 2023.
  6. García AM, Gadea R. Gestión de la incapacidad temporal en España: retos y oportunidades. Gac Sanit. 2018;32(5):489-492.
  7. López MJ, Martínez P. Percepción ciudadana de las prestaciones de la Seguridad Social en España. Rev Esp Salud Pública. 2020;94:e202008075.
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